resumen orden 35 2013

ORDEN 35/2013 DE 30 DE SEPTIEMBRE de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo por la que se convoca y reg...

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ORDEN 35/2013 DE 30 DE SEPTIEMBRE de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas a la integración sociolaboral de trabajadores en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo para el ejercicio 2013.

OBJETO

BENEFICIARIOS

OBLIGACIONES GENERALES

Establecer un programa de ayudas destinadas a promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social dentro de las empresas de inserción como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria. - Empresas de inserción cuya actividad y sede social radique en la Comunidad Valenciana y habiendo sido calificadas con carácter definitivo por el Servef para contratar trabajadores en situación o riesgo de exclusión social. - Empresas cuya actividad tenga lugar en la Comunidad Valenciana y contraten trabajadores que hayan realizado su itinerario en las Empresas de Inserción Laboral a que hace referencia el apartado anterior. [En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a la ayuda.] - Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones. - Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y acondiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. - Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como otras comprobaciones y control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. - Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. - Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. - Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados. - Mantener un sistema de contabilidad separada o una codificación contable adecuada, en relación con el contenido de las operaciones subvencionadas, abriendo subcuentas necesarias de manera que se pueda identificar los ingresos y gastos correspondientes a las mismas, acreditando al Servef en el plazo de dos meses siguientes al percibo de las

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OBLIGACIONES -

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PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

ACCIONES APOYABLES

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ayudas, la cuenta o subcuenta de la que dichas cantidades han sido anotadas mediante extracto contable. La presentación de la solicitud de esta orden supone la existencia de autorización expresa de todos los trabajadores en situación o riesgo de exclusión y de la empresa de inserción solicitante de las ayudas para que el Servef pueda facilitar documentación de las empresas de inserción a entidades colaboradoras. Cumplimiento, de normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la exención de dicha obligación. EMPRESAS DE INSERCIÓN EMPRESAS ORDINARIAS Estar inscritos como entidades empleadoras en los - Los trabajadores cuya contratación se regímenes de la Seguridad Social en los que exista subvenciona deben proceder de una empresa de afiliación de trabajadores por cuenta ajena. inserción calificada por el Servef y haber Presentar en los tres primeros meses del año siguiente, la realizado su itinerario mínimo de seis meses. memoria de actividades y la evaluación de las - El empleo creado, con contrataciones de carácter intervenciones desarrolladas, los Acuerdos de Inserción indefinido se tendrá que mantener mínimo 18 Sociolaboral, balance social, etc. meses. Presentar cuentas anuales y el informe de gestión - Altas, bajas, modificaciones de parcial a correspondientes al cierre del ejercicio, en un plazo de 90 indefinido habrá que comunicar la circunstancia días naturales a contar desde su finalización. en el plazo de un mes de su firma. Presentar antes de la finalización del presente ejercicio el plan de actividades y el presupuesto anual estimativo (apertura de nuevos centros, modificación de actividad comercial, etc). Las solicitudes se presentarán en el Servef. Deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: documentación acreditativa del solicitante, datos de domiciliación, declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, declaración responsable del cumplimiento de la normativa sobre la integración laboral de personas con discapacidad, declaración responsable con referencia a las ayudas minimis, etc. (Art. 6) EMPRESAS DE INSERCIÓN EMPRESAS ORDINARIAS Subvenciones destinadas a la contratación de personas en - Según la duración de los contratos efectuados por situación o riesgo de exclusión social empresas ordinarias con los trabajadores

(Art. 15)

REQUISITOS DESTINATARIOS FINALES

DOCUMENTACIÓN Y PLAZO

- Subvención para financiar los gastos salariales y de seguridad social derivados de la contratación - Subvenciones para gastos corrientes

mencionados, no resultando subvencionables contrataciones de duración inferior a seis meses. - Ayudas por la contratación indefinida o transformación de contratos temporales en indefinidos: 5.000 euros por cada contrato a jornada completa o proporcional a jornada parcial. - Ayudas por la contratación en un periodo mínimo de 6 meses: 1.200 euros por jornada completa o proporcional a jornada parcial.

- Estar desempleados e inscritos en el Servef Contar en plantilla con preparadores específicos con una experiencia mínima de 6 meses. La documentación requerida será a que consta en el artículo 18. - Subvenciones destinadas a la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social: en el plazo de un mes desde la contratación, prórroga, etc. sin que pueda presentarse después del 15/11/2013. - Subvención para financiar los gastos salariales y de seguridad social derivados de la contratación: en el plazo de un mes desde la contratación, prórroga, etc. sin que pueda presentarse después del 15/11/2013. - Subvenciones para gastos corrientes: hasta el 15/11/2013

La documentación requerida será a que consta en el artículo 25. - Fecha límite: 15/10/2013 para solicitudes de contratación indefinida, y hasta el 15/11/2013 para las solicitudes de contratación temporal.