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CALDAS P R O G R E S A

460-07 Caldas-Antioquia Señor BRAHIAN MORENO POSADA CALLE 41 SUR #25-119 Envigado - Antioquia [email protected] 3003154398 Peticionario

* ASUNTO: Respuesta Derecho de Petición N° 18011648100080 con Rad 000542 Adjunto Acto Administrativo N° 0000097 del 30 de enero de 2018, mediante la cual se resuelve una solicitud de PRESCRIPCIÓN.

ordlalmente,

ANDRO'ZAPATA CORREA Transporte y Transito

Proyectó: Nelly Mesa

P R O G R E S A

MUNICIPIO DE CALDAS SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO OFICINA DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESOLUCIÓN N°

Q Q Q O O 9

O ENE $018 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN La Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas, en uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas por la Ley 136 de 1994, el articulo 52 de la Ley 336 de 1996, los artículos 140 y 159 de la Ley 769 de 2002, Ley 1383 de 2010, artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario nacional, Decreto 01 de 1984, artículo 59 de la Ley 788 de 2002, Ley 1066 de 2006 y su Decreto reglamentario N° 4473 de 2006, Decreto municipal N° 029 de 2011, y demás normas concordantes y complementarias,

y CONSIDERANDO "PRIMERO: Que el día 05 de diciembre de 2012 el señor BRAHIAN MORENO POSADA, identificado con la cédula de ciudadanía N° 1037591769, suscribió con la Secetaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas Antioquia, el Acuerdo de Pago N° 2968, mismo que a la fecha se encuentra en estado Incumplido. SEGUNDO: A consecuencia de lo anterior, la Secretaria de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas, declaró al ciudadano en cuestión contraventor de la normatividad de tránsito, sancionándolo con una multa por valor de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($255.624). TERCERO: Que el día 14 de diciembre de 2016, la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas, a través de la Oficina de Cobro Coactivo, con fundamento en el título ejecutivo debidamente ejecutoriado individualizado en el anterior aparte expidió la resolución de mandamiento de pago N° 6220, en contra del señor BRAHIAN MORENO POSADA, mismo que fuera enviado para citación notificación de mandamiento de pago a su dirección procesal, esto es, la Calle 49 N° 82 - 39 del Municipio de Medellín, mediante comunicación externa del Archivo Central con radicado N° 018543 del 15 de diciembre de 2016, según consta en la guía de envío de correo certificado de la empresa 472 N° ME512689192CO fechada 12 de diciembre de 2016. Acto administrativo que fuera publicado en el sitio web de la administración municipal www.caldasantioquia.qov.co. el día 30 de diciembre de 2016. CUARTO: El señor BRAHIAN MORENO POSADA el día 15 de enero de 2018, radicó escrito dirigido a la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas n° 000542 PQRDS 18011648100080, en el cual solicita la prescripción de la multa de tránsito vigente, conforme a lo establecido en el artículo 159 de la ley 769 de 2002 y las demás normas concordantes y complementarias. QUINTO: Que a pesar que la Administración se encuentra revestida de facultades exorbitantes para el recaudo de créditos a su favor por motivos de interés general, como es el caso de la actuación de cobro ejecutivo por jurisdicción coactiva, en la que asume los roles de juez y parte; dichas atribuciones no pueden considerarse absolutas. Es por ello, que los preceptos legales que regulan dichos procesos de cobro establecen un término perentorio para llevar a cabo los actos necesarios para el pago de sus Cra. 49 N° 129 Sur 84 Caldas Antioquia/ Tet. 378 85 00/Fax 338 80 81. www.caldasantioquia.gov.co/ Código Postal 055440 F-CC-44 Versión: 1

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acreencias, el cual se encuentra consagrado en el inciso 2 del artículo.159 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 206 del Decreto 19 de 2012, el cual reza; Las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito prescribirán en.tres (3) años contados a partir de la ocurrencia de! hecho; La prescripción deberá ser declarada de oficio y se interrumpirá con la notificación de! mandamiento de pago. La autoridad de tránsito no podrá iniciar e! cobro coactivo de sanciones respecto de las cuales se encuentren configurados los supuestos necesarios para declarar su prescripción. SEXTO: Con fundamento en lo plasmado anteriormente, y analizando el caso que nos ocupa, deberá determinarse el lapso transcurrido desde la ocurrencia del hecho, y así establecer si la acción de cobro caducó o prescribió, o si, por e! contrario, operó alguna de las causales que dan lugar a la interrupción de! término de caducidad o prescripción. SÉPTIMO: Con base en los registros informáticos, soportes documentales y actos administrativos obrantes, el día de suscripción del Acuerdo de Fago entre e! señor BRAHIAN MORENO POSADA ^ la SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE CALDAS ANT10QU1A, fue? el 05 de diciembre de 2012, observando a su vez que el mandamiento de pago fue librado el día 14 de .diciembre.de 2016, es decir antes de_curjiBlirse las condiciories establecidas en la norma para acceder a la prescripción. En virtud de lo expuesto, la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas, a través de la Unidad de Cobro Coactivo, RES U E L V E

PRIMERO: NO ACCEDER a lo solicitado por el señor BRAHIAN MORENO POSADA, identificado con la cédula de ciudadanía N° 1037591769, por no haber transcurrido el término legal para que opere el fenómeno jurídico de la prescripción de las sanciones contravencionales contenidas en el Acuerdo de Pago Incumplido N° 2968 del 05 de diciembre de 2012. Por valor de: DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($255.624), más los intereses de mora por el NO pago. SEGUNDO: SEGUIR ADELANTE CON EL PROCESO DE COBRO EJECUTIVO COACTIVO contra e! señor, BRAHIAN MORENO POSADA identificado con la cédula de ciudadanía N°1037591769, según lo establecido en la resolución de mandamiento de pagoJ^J 6220. •6 - •

TERCERO: Contra la presente proceden los RECURSOS ORDINARIOS según los establecido en ¡os Articulo 74 y 76 de la ley 1437 de 2011 y deberán ser interpuestos dentro de los primeros (10) días hábiles a la fecha de la notificación de la presente.

r\E Y CÚMPLASE

JOSÉ ALEJAND^O^APATA CORREA

0000097

Secretario de ¡Transporte y Tránsito Proyectó; Omatra Fernández Arrubla - Profesional Universitaria^- Cobro Coactivo Revisó: Sergio Andrés Gómez Echavarría- Asesor Jurídico •*• •

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Cra. 49 N° 129 Sur 84 Caldas Antioquia/ Tel. 378 85 00/Fax338 80 81. •vvww.caldasantioquia.gov.co/ Código Postal 055440 Versión: 1

PO.MEDELLIN NOR-OCCIDENTE