caso avion cubano 6

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d u k s . UICRCOLCS 14 O( AGOSTO

PAGINA TRECC

~ L ' Y U N Q ~

I.077

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U "No pueden los jueces ampararse en deDetención de los defensores del caso del cisiones prepotentes por que ello ofende avión Cubano declarada " Arbitraria, Inla Suprema Majestad de la Justicia". justa e ilegal por Juez Constitucional" U "El poder correccionnl no puede invaliRemitido que denuncio irregularidades dar el Derecho Superior de la Defensa". de la Dra. Delía Estava, "Evidencia sano y plausible propbsito de que se garantiUna Vez Mis: Ellos-llamaron...Ellos amece cumplimiento de la Ley". nataron...Ellos escondieron Denuncias contra funcionarios corruptos el Expediente y grupos de presión política en los tribunales, "Constituye obligacibn impreter- . , PERO ESTA VEZ UN JUEZ DIJO: mitible de los abogados".

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"Juzgado Cuarto d r Prlmera lnstancla en lo Penal de la Clrcunscrlpcl6n Judlclal del D l i t r l t o Federal y Estado Mlranda. Caracas, velntftres de agosto de m i l É s t u d l a d o detenldamente c o m o ha sldo la sollcltud de Habeas Corpus Introduclda por los doctores Rambn Carmonr Vdzquez, S o b a i t l l n Alvarez Ramlrez, Luisa Amsllá Carrlzalez, y Jullo Hldalgo Bertl, en bene- . flclo de la abogada Emma Carla Del Solar, este Trlbu. n a l observa lo slgulente: La publlcaclbn de la de. nuncla que aparece como prueba del cuerpo del dellto (follo 21 de este expediente), n o constltu e ofensa o agraVIO a la d a Istratwa slno q u r evldencfa u n sano y plautlble prop6slto de que i e garantice el c u m llmlento de la ~ e y ,ob11gac18nIrnpretermltlble de sur abogador defensores, consa rado en la Constltuclbn Nac!onal (derecho a Ir defensa al llbre i erclclo d. l a probslbn de a ogado). En concordancia c o n esta apreclacI6n. no es procedente la apllcrcldn de l a rnedlda dlsclpllnarla, scordada o r Ir Doctorr OELIA MORENO, Juez P ~ L mero de Prlmera Instancla e n l o Penal, en contra de los abogados RAYMOND AGUIAR GUEVARA. FRANCISCO LEANDRO MORA. EMMA CARLA DEL SOLAR S. y

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ESTAJA

PIO GONZALEZ ALVAREZ, por Ir publlcacl6n de u n remltldo publlco que conslder b como u n agravlo y una falta de respeto debldo a t u condlcldn de funclonarlo judlclal, porque consldorarlo , ,,, as1 serle coartar el derecho de Ir defensa a rcclonar en beneflclo de sur defendidos. En todo caso, la Juez ha de. bldo instaurar las acclones penales correspondlentes, contra los abogados sanclonados, sl conslderrba InJurloso o dlfamatorlo el escrlto de los abogedos defensores y NO RECURRIR a ejercer la rnedlda dlsclpllnarla, que sl es procedente cuando se trata de rgravlos o faltas al reseto debldo rl funclonarlo udlclal, en el reclnto del Trlu n r l o en actos derlvados de su alta hirglstreturr. Este Trlbunal considera que tal poder correccional n o puede INVALIDAR el derecho superlor de Ir defensa, que tlene rango constltuclonal porque en ello va envuelto el fundrmento de nuestra democra. c l r polltlca y saclal y el mentenlmlento del Estado de Derecho. No pueden los Jueces en consecuencia. sustraerse de las.crltlcas del publico y del e}erc;cio libre de la def e n m y menos ampararse en decisiones prepotentes y ar. bitrarias. porque con ello tambldn ofenden la suprema majestad de la Justic:a. En baae r tales razonamlentos, este Trlbunal considera que Ir drtenclbn que padece Ir

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cludadana D o c t o r r EMMA C A N A DEL SOLAR S., por orden de la Juez Prlmera de Prlmera Instancia en lo Penal de esta Clrcunscrlpcl6n Judlclal, Doctora DELlA ESTAVA MORENO, n o r e ajusta a una sana Interpretactdn que debe hacerse del srtlculo 113, ordlnal 2' y 116 de la Ley OrgAnlca del Poder Judlclsl. por lo cual se condderalNJUSTA E ILEGAL. la defencrbn que soporta la menclonada cludadsna y asl se declara. En consecuencia se explde MANOAMIENTO DE HABEAS CORPUS, en beneflclo de la cludadana Doctora EMMA CARLA DEL SOLAR S.. a los flnes de hacer cesar la detenci6n Injusta que soporta. Llbrese la boleta de excarcelacl6n dtrlglda a la Jefatura Civll de la Parroqula Santa Teresa consultese s s t a dec1slb;i c o n e l Su erlor.. El Juez. NANZO B I I C C ~ T. EIS e c r e t a r i o , RAUL AOUOO VICCI.. En la m l s m r fecha, se dlo curnpllmlento a l o ordenado.." ISI HAY HOMBRESI FRANCISCO LEAhDRO MO. RA C.I. N* 236864 PIO GONZALEZ ALVAREZ C.1. 2154560 RAYMONO AGUIAR GUEVA. RA C.I. 2980351 EMMA CARLA DEL SOLAR S C.I. N* 6148636 SEBASTIAN ALVAREZ RAMI. REZ C.I. N* 612384

REMITIDO

C m el derecho que nos otorga el l e q u e j e por urted utlllredo en eu remltldo, lmproplo para un tuncionarlo de su alta lerarqula, ebundante en expreslonee de desprecio pera con Jueces y ~bogadoe.damoe reapueeta e U6teQ así: PRIMCROi Queremoe hacer la aclaratorla que nos dlrljlmoe a Ueted persomlmente por tres razonee: e) Actualmente usted no se e n c c x t r a ejerciendo las funclones de Presidente del Consejo de la Judlcatura por estar de permiso. a pesar ae que con tal carbcter publlca su remltldo. b) Por cuanto ha sldo Ueted. qulen en forma personal ha hecho asevereclones de que exleten "Jueces complaclentee"; "Jueces comprometldoe". "Juecee que n o deberlan llamarse Jueces". "Jueces que desprestiglan nuestra Judlcatura", (El Neclonal. 2-5-77. cuerpo C, pAglna 28; y El Naclonal 27-7-77. cuerpo D. pbglna 12): C) Porque es extrado, que no hablendo eldo dlllgenle Cuando estaba en sjercklo de eus funclonee. la'sea ahora que no lo e s a En efecto. llama la atencldn le dlllgencla que mostr0 al hacer publlcar el RemlUdo que nos Olrlge. lo que contresta con el hecho de que no hublese eldo poslble lograr eu comparecencla en la Incidencla de r e c u s a c l h en la cual hie prwnorldb corno terllgo por le Dra. Delle Ertab. Monno y en la que nosotroe teniamos el derecno ae ejercer S O * ~ Usted las preguntas que luzgarernoe penlnentee. por e u Urt.4 tasugo de nuortra conbeparte, (. Oro. D ~ I I~~i c r t s oM.En efecto. el dla 3011-76 se encontraba Usted. en el ageaajo que un grupo ae 'Indepondlintei" dlo al Dr. Jalrne Luelnchl. con motlvo del lanzamlento de eu precandldtura preeldenclal. en la Agencla de Festejo8 Vllla Garcla UrtmnlzaclOn El Boeque lugar donde tamblbn ee encontraba en loe mlsmoe menesteres la Ora OeIle Estaba Moreno. Fue en esa mismo auto polltico donde loa perlodlstas Rafael Chlrnarae y Charlto RoJes. oyeron a la Dra Della Estaba Moreno expresarse en forma Impropia para una dama y ee asl. como belo Juramento,declararon que la luez dlJo: "Ahl es& ese par de (aluslbn obscena a la maare) conspirando acerca del caeo del avi4n cubano". reflrl6ndose a los tamblbn periodistas Rafael Poleo y Manuel Lugo, este ultimo hermano de uno de los procosados. Con motivo de estos hechos fue Ueted promovido como teetlgo de la Dra. 0e11a Estabe Moreno. contraparte nueetra en la Incidencla y. a pesar de todas nueetras geetlonee y de lae raellradm por el Trlbunel Segundo de Departa.nento, no se logr6 que Ueted oumplleri c m i u debor d u d i b n o de atender el Ilemamlento Judlclalque w le haclk 8CbUWDOi Pwa evltw les generallzaclooer. que nosotros sostenemos m leelvae al Poder Judlclal y a las "Jueces pro-

bos y honeetos. Juecee aut6nomae de ovoe poderes. jUeCe8 elenos a las luchas pertldls(aa. juecee que eon Jueces". lo emplazamoa PUBLICAMENTE a VsteO. lo que requerirh el valor poco común de tener que Indlvlauallzw. para que de los nombre de esos Jueces "COMPLACIENTEC". "COMPROMETIDOS": de loa Jueces que n o deberlen llamame Juecea de los "'JUECES QUE DESPRESTIOIAN NUESTRA JUDICATURA".

Por otra parte. le'recffdamos. porque parece Ueted hebedo olvldado. que n o deberla ser n e c e W o elte empiaramiento publlco. ye que ee su deber Instar de oflclo las averiguaclonee dlsclpllnariae contra eate tlpo de Juecesque usted asevera exlsten. ya que la Ley a ello lo obllga cuando en el articulo 121. ordlnal " O de la Ley Organica del Poder Judiciei se establece como etrlbucl4n del Consep de la Judlcatura. el conocer de o t k l o de las taitas cometldae por los miembros del Poder Judlclal. y "de otlclo". como Usted sabr8. signitica que puede actuar al tener conoclmlenlo. por u l q u l e i medlo, de la falta cometida. sin que sea necesario que se le inste a trevee de una denuncla promovlda por u n parlicuiar. TgRCEROt Slgue tomando Usted la rie f k l l ae la generaliraclbn y as1 dlce en su remltldlo... "HEMOS SOSTENIDO QUE AL LADO DE ESOS POCOS JUECES QUE NO DEBERIAN LLAMARSE JUECES -ACTVAN UNOS POCOS A80GAOOS-QUE TAMPOCO DEBERIAN LLAMARSE ABOGADOS QUE PRETENDEN MANEJAR LOS EXPEDIENTES GUIADOS POR LA INNO-

BLE PASION DE SUS MEZQUINOS INTERESES Y EN TAL SENTIDO RECUSAN O PROVOCAN INHIBICIONES OE HONESTOS MAGISTRADOS PARA QUE SOLO CONOZCAN DE LOS JUICIOS DONDE ELLOS ACTUAN -LOS POCOS JUECES QUE OESPRESTIGIAN NUESTRA JUDICATURA..." LOSabogados que hemoe hecho santuarlo del sacro derecho de la detensa. que estamos slendo vlctlmas de una maqulnarta que se mueve en torno a este caso. lo empiaramoe PUBLICAMENTEpara que concrete los nombres de esos abogados que aparecen 'pulidor por le Innoble p.rl6n de sur merqulnoe Intuosee", pare que cite esos casos concretos en los que los "Jwoom que derprortlglin a nuestra Judluturi" han c ~ o c l d de o julclos. luego que se ' h w u n o provocan la lnhlbld6n de honertc+a ~ g l r t r d o e " . Qwrornor u b u loa n o m h i de ertoa abogadea porqtbo ea-

tmmoo eogum que no i e mikm e noaotror, loa abogado* del u 00 del Ar16n Cubano, ya que en e w p r o a r o L. unlci Juea que ha 0160 m c u u d i ee L. Dri. Del10 U s b b M o m m y ello por rizones obvio. q w la inhiblllbn y derullllern p i r i conocer del julclo en u1orU6n. Sln embrgo, 01 mate e0 el aaro a que Usted r e raflero, w i r e v u i c l 6 n e0 grave y menUrorr, y i que en lar d ~ urn l a r oportunld.der en que el Julcloha ralldo del Trlbunil de la Oro. DeIIi C s b h Moreno, oon mollvo de las recusacloner anterlffee, ha tlegdo o mano0 de d o i Juecesque ron JUCCtSr los doctoros Lulo Mewol Palla (Juez Tercem de Prlmmri Inrbncla Penal) y Noel Pmtol. (Juea ( 2 de Prlmeri Inrbncla Penal), qulenes no han rldo w s u o n e d w por nowb*oo y i que su Inteqriád y rectltud no noceslLa aonunbrioi. De raferlme us1.d o erte a r o , *stor ron loa bocee complaclentar que usted redala, lo que no puede ur. P w ello, eetamoi convenoldoe que r e roflera necouriamente a otmr USO, e otro0 *bogo&e y e otro. Jueeee.

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CUARTOI Por otro pane queremos nacer proplcla la oportunidad para rollcltarle que nos expllque PUBLICAMENTE. por que no insto procedlmlento dlsclpllnarlo de otlclo contra la Ora Della Estaba Moreno cuando aquel dla 30 de noviembre .de 1876 vlo con sus proplos oloe. porque ahi estuvo usted dexie el prlnclpio hasta ei tlnal. que la Dra. Deila Esraaa Moreno partlclpaba de u n 'acto polluoo" como el celebrado en la Agencia de Fesielos Vllla Garcia. aquel 'rato polltlco" aonde se proclamb la candldeture del Dr. iaime Lusincni. Sabemos Cual es su 0plnl6n personal acerca ae lo8 JUOces Polltlcos porque hemos leldo lo que al respecto ha dicno en "El haconal" (PBglna 28. cuerpo C. 2-5-77). "Por lo tanto. cuendo ee v a u de CarQOe. oomo el de Juer por elemplo, cuya misión aoclal nadie pone en duda me lncllno por 01 lndlviduo qw u b v en Ir VI&w U U u v no por el Indlfemnte o el sonuco". que m p u d e su aoncepsl6n p m o n i l e. Sln embargo, mnuc h u por Ueni L. dlrposlcl6n que de regulde le clbremos de la h v Orgbloa del Podw Judlcleli 'hrticolo 4 5 1 Loa funclonarlor )udlcl.lee 6.b.n ebrtenerre de tomar parie en reunlonee. manltiabcloner u otros retar de a r l c t e r poliiico...". Entoncer &por que en orlo a r o concreto que lo clbmoe no inlcle i u labor de depuricl6n del Poder Judlclilt 'SXISTIN PCRSOWALIOADIS DEL MUNDO POLlTlCO P u o u c m c n T e HACEN VOTOS DE MOIALIOAD, PERO, POR DLTRAS, APADRINAN LO CONTRARIO..." (friaeo del dr. Pedro Kllai Robiguer).

QUI

Cotlu, 3 d.agosto do 1077

IRAUCISCO LMAUORO MORA C .I. a ~ a a e 2

P.D. I r t e romiüdo, oomo el interior. i r t l rlendo pagado con nuestra proel0 pcullo, por lo quo deploririamor que el ruyo haya SI& pagado aon dlnuo de loa cenlrlboventer.

CASO DEL AVION CUBANO LA REPUBLICA AL PnESlDERlTE DE LA COllTE S U P N 3 M DE JUSTICIA AL FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA A l PRESIDEriBE DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

i A l PRESIDENTE DE

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Con todo respeto:

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Son ustedes. rectores de ia vida nacmnal. quienes en forma publica han criticado en una u otra forma a nuestro Poder JudiCial Han hablado de que en su seno existe corruocion. de La deshonestidad de algunos lueces. de la alcahueteria pdicia~. de la interferencia de partidos pohricos en

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El de la a a DELlA ESTAVA MORENO Juez Prmero de Primera instancia en 10' Penal Juez de causa en el caso del avan Cunano"

En efecto. la Ora. OELlA ESTAVA MORENO. Quen ha % d oencargada de corwalgunos procesos de las presiones que O conio lo rs Cer de un ~ I C ~trascendo~ilal ejercen altas personalidades sobre alguel Caso del avlon cubano. iniportancia nos jueces. y tantas expresiones y alirque al Proceso el hecho de que el meciones mas que han creado. en ia co, +smo tiene proyeccion internaciona~.he munided venezolma confusi6n y des- ''-." tmnsfwmado S a r b u n a i en un paredon Wicral" y ha besvinuadq su sacra mision confmnza en nuestro Poder Judrial para MXieria al rervrro de sus pasmnes e Nosoyos. abogactoc en e)ercrio. y por intereses. todo ello en desmerito de la ende. conocedores de la realidad de miitancia pohtlca aue proles3 y de la que nuestros Tribunales. no6 permitnnos reses actiwsta. Cieruimente. ninguna otra inpetuosamente discrepar de ustedes. La IerQretaci6n quede darse al cumulo de verdad sobre nuestro Poder Judicial no es arbitranedades e ureguiaridacles que ha dramdtica com6 pareciera ser En general. cometdo en Ocho lucio la Dra ESTAVA tenemos jueces probos y honestos. juehasta d punto que han quedado en vano ces aut6nomos de otros poderes. jueces los esfuerzos hechos por el~ciuda¿lano ajenos a las luchas e intereses panidislas. Presidente de la Republica y por el Dt' jueces que son JUECES Lo que sucede es OAVIO MORALES BELLO. para uaer a @ S que se ha transformado en idiosimracia procesados a la patria para que pudiesen del venezorano. el generalizar para n o tener opcion a u n proceso imparcial ,y verse envuelto en los monvenentes que crea la cntica inaividuaiizaaa se habla de iuslq. mpoSible de Ser celebrado en un regimen cortiunista como el de FlDEL ios jueces para evitar e1 sehalamento diCASTRO para que de esta forma se averecto del Juez a quien se quiere hacer renguara la verdad y se Ie diera p s t o castigo ferencia se habla en abstracto para no a los CulpableS. Pero en donde los inoparticularizar Todo esto crea u n clima centes pudleran ser ltberados de ia gnoBeligroso e irreal y no soluciona el prom i a que les acarreo el verse asr3alados blema denunciado Los escasos jueces como p8suntOS autwes de tan deploraque pudieran estar enmarcados dentro de ble hecho b6 caiilicativos que se endilQan a la co. munidad judicial corrypcion (bien sea Estas arbitrariedades e irriguiardamaterial o politica). deshooestrdad. akades. por las que denunciaremos a la &a slueteria. sectarismo. etc.. continuan acOELIA ESTAVA MORENO por ante b s m-' luando tranquilamente en la impunidad Qanismos competentes en la ssperanze Cpie les crea el anonlmalo en el que se les de que se a d - w e la justicia que ella mantiene cuando se lanzan acusacmnes nos ha negado. son tan graves que QUgmeraiizadas. pero se lesiona con eslos eanceptos a quienes con honor ostentan dieran caer en el campo detictual. asi deel' sagrado manto d e la judicatura y a cide el expediente sin leer 10s recaudos ' Qlienes por devocion cumplen fielmente ~ auto de delenclon es del . dmmoa Q U B( . C C ~su I mision de adminisirar justicia Nosotros. qu8riendO COnIribUlr con un 2-17-76 y la iraduccion de los reCaudOS . que estaban en ingies es del 4-1 1-76). trae ~ m de a arena a soiucionar uno de los teSligOS al p a r en forma clandestina y en PBblemas de la sociedad,dom~;rall~a en violacion a expresa6 Uisporiciones iegak~m e vivimos. queriendo apartar de los les; mantiene ocultas achiacione?, a'ia m i r e s inocentes los agravios consedefensa. wnptde que b s detendos puedan Cumcia de la generaiizaci6n. queramos comunrarse c m Sus abogados antes de rehiiar a usiedes vn caso concreto.

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rendir tB~ttmOni0haciendo Caso omiso a la garantia consittucionai oue les da ese .derecho Conlinua a c t u ~ n d oa pesar de estar recusaaa y de que el expediente se encontraba en otro Tribunal. y dsi. recibe el resultado de una exoerticia saca e ,n-. traduce recJudOs en el expediente oe una !manera irregular para uatar de corregir los inultipies errores que comete al actuar con el interes que ia impulsa. se empena en c-er ae un procesa a pesar de la inhabilitacion que ostenta ya que es pubiiia y notoria ia enemtstaa que nos profesa a nosotros y a nuestros clientessentimiento este oue le r e t r ~ ~ i m por o s su bochornosa conducta Todas estas circunstancias las hemos e x w e s i o ante la Ora OELIA ESTAVA. en escritos que le hemos presentado. sin embargo continua aferrada al expediente para cuyo conocimiento esta avidente'mente descalificada e mnatnhlada en laclancioso alarde de Que c m su mii~tanciay respaldo pohiico sera ella Quien. a pesar de iodo y pcr encima de todos dicte senter.ia en dicho orOceco 2 acc*~lia orepotente msulla al mas pac&ite y ra;iiiiza al mas humilde tocio lo cual nos tia tni~~1sda d0 puollcar el oresefiie cscrito en la seguridad de aue ustedes co~iscienres de su responsaoiiiciaa pera coi1 ia ciudadama y para con el ~ n a c d a d oPoaer Judicial. DW La acluacroo de unosOocoa ordenaan una exhaustiva mvest~g.xtonQue ponga coto a esre tipo d e actuaciones Soto asi. los otros paises que eii este momerito tienen sus ojos sobre nosotros. como pars hder del,Tercer Mundo y aaandemdo en la lucha por los Derechos Humanos - - - sabfan oue las ensenanzas aue pegonamOs en el e,,terior lambten las aphcamos en casa

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Caracas. 21 de )u10 de NInovecienlos Raymond Agular G u w e r a Cl w2qeo351 Frencieco Leandro M o r a

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